En botánica, en terminología utilizada en la descripción de las plantas, se denomina órgano de almacenamiento u órgano reservante —más comúnmente y tradicionalmente órgano de reserva— a toda parte de la planta que pueda ser delimitada morfológicamente y que esté adaptada a independizar a la planta adulta de una época desfavorable, rítmica, pero predecible, en la que puede faltar la capacidad fotosintética o el agua, cumpliendo la función de almacenamiento temporal de sustancias de reserva como pueden ser: carbohidratos u otros nutrientes, y agua (se denominan órganos suculentos si la proporción de agua almacenada es muy alta, de forma de independizar a la planta de la falta de agua y por la textura de sobrevivir verdes la época desfavorable). Las plantas que sobreviven como adultas a períodos de estrés predecibles suelen poseer órganos reservantes para sobrevivirlos y si es necesario perder sus partes verdes fotosintetizantes y rebrotar al finalizar los mismos.